Código ético y de conducta – 8. Uso indebido de información privilegiada

El personal que disponga de información privilegiada sobre la Red de Obras Educativas no podrá revelar dicha información a terceros.

Tanto la información como los datos de carácter público no se consideran información privilegiada. El personal deberá abstenerse de revelar información privilegiada a terceros, incluidos sus amigos y familiares. Las restricciones con respecto a información privilegiada seguirán vigentes hasta que los planes, los acontecimientos implicados se hagan públicos. El uso indebido de información privilegiada puede acarrear sanciones civiles y penales.