Código ético y de conducta – 0. Introducción

Este Código Ético y de Conducta, expone los compromisos y las responsabilidades éticas, en la gestión de las actividades desarrolladas por la Red de Obras Educativas de Hermanos de las Escuelas Cristianas La Salle Sector Andalucía, en adelante Red de Obras Educativas, y que deben ser conocidas y asumidas por todos los que la integran, ya sea, personal docente, personal de administración y servicios, alumnado, familias o proveedores.

Los Centros que integran la Red de Obras tienen como misión educar a través de una concepción cristiana de la persona y del mundo, participando en la evangelización de la Iglesia Católica, potenciando la formación integral de la niñez y la juventud y haciendo que se sientan protagonistas de su desarrollo académico (intelectual) y humano. Si tenemos en cuenta nuestra misión, todos los integrantes y partícipes en la
Red de Obras Educativas deben prestar un servicio de calidad, con un tratamiento integral al alumnado y sus familias, respetando las peculiaridades de cada individuo y con el máximo respeto a su intimidad.

Para conseguirlo es necesario el máximo nivel de profesionalidad en todos nuestros cometidos. Este Código Ético y de Conducta es un ejemplo de la profesionalidad por la que nos esforzamos en todas nuestras actividades ya sean docentes, pastorales o servicios, y la que esperamos de todos y cada uno de nuestros colaboradores.

Como organización educativa y socialmente responsable, y por lo tanto respetuosa con el medio ambiente en el que se incardinan nuestras obras, por lo que concedemos la mayor importancia al trato justo con los empleados, el alumnado y sus familias, los proveedores, las autoridades, y el público.

La Red de Obras Educativas considera que este Código no crea por sí mismo obligaciones nuevas que no existan independientemente de él, ya sea por compromiso institucional, por ley o por acuerdo voluntariamente asumido; pero, avanzando sobre ellas, puntualiza y precisa modos concretos de proceder apropiados para cumplirlas y favorecer así el logro de los fines institucionales perseguidos, al mismo tiempo que da garantías de ello a los directamente interesados y a la sociedad en general. Se considera que este Código Ético y de Conducta es imprescindible y debe ser parte integrante de las condiciones de empleo y de prestación de servicios de las entidades de la Red de Obras Educativas.

La Red de Obras Educativas ha adoptado este Código de Ético y de Conducta para definir los valores que sus miembros y todos los que se relacionen con la Red deben cumplir. Dichos valores se basan en:

  • El apoyo y el respeto de los derechos humanos internacionalmente reconocidos.
  • Un comportamiento ético y conforme a la ley.
  • El compromiso con la Red de Obras Educativas.
  • El trato justo, cortés y respetuoso entre todos los vinculados de alguna forma a la Red de Obras Educativas ya sean personal docente, personal de administración y servicios, alumnado y sus familias y proveedores.
  • La consideración justa y debida del medio ambiente y de los intereses de otras personas relacionadas con la Red de Obras Educativas, incluidos personal docente, personal de administración y servicios, alumnado, sus familias y proveedores, las autoridades y el público.
  • La profesionalidad y la corrección en el desarrollo de cualquiera de las actividades realizadas en la Red de Obras Educativas.

La Red de Obras Educativas ha implementado un Programa de Cumplimiento de acuerdo con la exigencia de la reforma del Código Penal de la Ley Orgánica 1/2015 donde se:

a) Identificarán las actividades en cuyo ámbito puedan ser cometidos los delitos que deben ser prevenidos.

b) Establecerán los protocolos o procedimientos que concreten el proceso de formación de la voluntad de la persona jurídica, de adopción de decisiones y de ejecución de las mismas con relación a aquellos.

c) Dispondrán de modelos de gestión de los recursos financieros adecuados para impedir la comisión de los delitos que deben ser prevenidos.

d) Impondrán la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención.

e) Establecerán un sistema disciplinario que sancione adecuadamente el incumplimiento de las medidas que establezca el modelo.

f) Realizarán una verificación periódica del modelo y de su eventual modificación cuando se pongan de manifiesto infracciones relevantes de sus disposiciones, o cuando se produzcan cambios en la organización, en la estructura de control o en la actividad desarrollada que los hagan necesarios.

Este Código se aplica a los siguientes campos:

  • Obligaciones personales.
  • Acciones contra la discriminación.
  • Conflictos de intereses.
  • Sobornos, comisiones, agasajos y regalos de empresa.
  • Abuso de información privilegiada.
  • Defensa de la competencia.
  • Propiedad Intelectual.
  • Privacidad y Protección de datos.
  • Cumplimiento de la ley.
  • Uso y protección de los activos y de la información de la Red de Obras.
  • Uso Personal de Herramientas de Comunicación de la Red de Obras.
  • Integridad en la Información Financiera.
  • Tramitación de Quejas y Sanciones.